INTRODUCCION. El 15 de julio de 1936, Sr. Oliver Locker-Lampson, M.P.,
un amigo desde la niñez del clan Rothschild, preguntó en la Camara de
los Comunes al Attorney-General si había hecho uso de procedimientos del
instituto legal en contra de los autores o publicadores de The Fascist,
ya que la emisión del diario del mes julio contiene alegatos contra los
Judíos sobre la práctica del asesinato ritual. El Attorney-General
contestó que la materia estaba bajo consideración. Como resultado final
de esta "consideración" se le sentenció al encarcelamiento de seis meses
de penalidad, el 21 de septiembre de 1936, por el juez del caso, un
Masón del Grado 31 del Rito Escocés. Pero es importante notar que se
obtuvo una convicción, no solamente en la emisión del asesinato del
ritual, que no contó con por la Prosecución por el propósito de imponer
silencio, pero si en los volúmenes enteros de julio de The Fascist, y
particularmente en palabras usadas por mí con referencia a la
disposición de los Judíos. Bajo la ley de libelo, no se pueden usar como
un argumentos en mi defensa las verdades de mis declaraciones con
referencia al Asesinato Ritual; se juzgó bajo ley la veracidad de lo que
se había escrito en las declaraciones, y que ello "dio los argumentos a
Su Majestad para hacer responsable a la fe Judía responsable de
sospecha, afrenta y boicot" y así se sumó a una campaña pública. ¡Vine a
la Corte totalmente preparado, por si se desafiaba la veracidad de mis
declaraciones, para justificar las palabras que había hecho en The
Fascist, y estaba listo aun para demandar a ese "Rex," el fiscal, que
debió producir en la Oficina del Archivo Pública las Cláusulas y Rollos
de la Patente del Estado con que se archivó como un Asesinato Ritual
Judío como se estableció el hecho en este país! Pero estaba prohibido
por el juez usar esta línea de defensa; no había materia de que otro
hubiera culpado a los Judíos de asesinato del ritual, o como a menudo,
que hechos históricos lo probaran, o cuántas convicciones hubo debajo de
la autoridad propia jurídica; así, cuando le pregunté al Inspector
Kitchener, el único testigo que apareció contra mí, "Cuando trajo este
caso, ¿estaba usted bajo la impresión de que ese Asesinato del Ritual
era una cosa del pasado?" y contestó "Sí", el juez intervino con el
comentario: "La verdad de un libelo es que no hay ninguna defensa, debo
señalar de nuevo." De nuevo, el Attorney-General, quien actuaba como
Prosecutor del Consejo, interrumpió otra pregunta mía al mismo testigo,
por el comentario: "En mi consideración, se sienta correctamente que el
demandado no está en ningún caso autorizado de probar la basura de un
libelo sedicioso como una justificación para haberlo publicado". El juez
entonces dijo, "Esa es la ley como yo la entiendo". ¡Me hizo deterner
en ese proceder y no ir más allá en tal línea de defensa porque sería de
desprecio para la Corte, porque la "verdad" del "libelo" no era
"pertinente" a la emisión del juicio! ¡Tal sería la ley, pero no es
justicia ! ...
Link de lectura / Descarga
Comentarios
Publicar un comentario